Vademécum Histórico Guatemalteco
Categorías
< Todos los temas
Imprimir

BOLETO DE VIALIDAD

Contribución anual de dos pesos per cápita, creado durante el Gobierno de Mariano Gálvez. Estaba destinado a financiar la apertura y ampliación de caminos, y se podía pagar mediante la prestación de servicios personales. Fue abolido en 1893, por el Gobierno de José María Reina Barrios. Posteriormente, fue restablecido con el nombre de Contribución de Caminos y se pagaba semestralmente. En 1933, el Gobierno de Jorge Ubico Castañeda, mediante la Ley de Vialidad (Decreto 1474), obligó a todos los hombres, entre 18 y 60 años, a trabajar en los caminos durante dos semanas o, en su defecto, a pagar dos quetzales, uno por cada semana. Los maestros estuvieron exentos de tal pago. El Decreto Nº 7, emitido el 31 de octubre de 1944 por la Junta Revolucionaria de Gobierno, dejó sin efecto el servicio personal de vialidad, un recurso que el Gobierno de Ubico había empleado masivamente para la construcción y mantenimiento de carreteras.

Tabla de contenidos