Vademécum Histórico Guatemalteco
Categorías
< Todos los temas
Imprimir

CAJA DE COMUNIDAD

Caudal monetario de los pueblos de indios, proveniente del trabajo comunal realizado en labores agrícolas y en actividades artesanales; también provenía, parcialmente, del canon pagado por el uso de tierras ejidales. Tales fondos servían para el pago de tributos, para cubrir el costo de las fiestas patronales y para otros propósitos, tales como construcción de edificios públicos, auxilio a viudas, enfermos, huérfanos e inválidos, así como otras emergencias. El común del pueblo administraba dichos fondos, bajo la supervisión del cura doctrinero, del corregidor y del gobernador indígena. También se le conoció como Caja de las Tres Llaves. En1704 se emitió el Reglamento para su administración (AGCA, A13, leg. 3, exp. 36). En 1781, una real cédula permitió que sus fondos pudieran darse a usura (AGCA, A13, leg. 3025, exp. 29211).

Tabla de contenidos